Auto Supremo AS/0803/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0803/2017-RRC

Fecha: 20-Oct-2017

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3.La Sentencia incurrió en el defecto previsto por el inc. 6) del art. 370 del CPP, con relación al delito de Incumplimiento de Deberes, no se habría acreditado la ilegalidad de la omisión, que hubiese recibido un beneficio o dádiva y tampoco se causó un daño económico al Estado; en cuando al delito de Falsedad Material, no se había identificado al autor, el acta de levantamiento de cadáver es prescindible, por lo que no causó un daño a nadie