Auto Supremo AS/0293/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0293/2017

Fecha: 20-Nov-2017

Asimismo, debe tenerse presente que es deber primordial del Estado proteger los derechos de los

Asimismo, debe tenerse presente que es deber primordial del Estado proteger los derechos de los trabajadores, en cumplimiento a los principios de primacía de la realidad, de proteccionismo, in dubio pro operario e inversión de la prueba, aplicables en materia laboral; y que los trabajadores gozan del derecho fundamental a la materia judicial efectiva, consagrados en los artículos 162 de la Constitución Política del Estado y 4 de la Ley General del Trabajo, porque los derechos de los trabajadores son irrenunciables y es nula cualquier convención que sea contraria a sus intereses