Auto Supremo AS/0293/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0293/2017

Fecha: 20-Nov-2017

La anterior aseveración se encuentra apoyada en la desigualdad originaria entre las y los trabajadores

La anterior aseveración se encuentra apoyada en la desigualdad originaria entre las y los trabajadores para con el empleador, basada no simplemente en una distinta condición económica o distinta condición de recursos existente entre ambos, sino en la posición y rol que los primeros ocupan dentro del trato jurídico que los enlaza, a saber, la relación de subordinación y dependencia. “La indicada desigualdad del trabajador se corrige, por tanto, también mediante normas procesales, cuyo contenido expresa diferencias jurídicas que impiden o reducen la desigualdad material y que no pueden recibir una valoración negativa, en la medida en que la desigualdad procesal establecida aparezca razonablemente ligada a tal finalidad y sea proporcionada a la desigualdad material existente”. (Sentencia Nº 3/1983 de 25 de enero, Tribunal Constitucional de España)