Auto Supremo AS/0293/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0293/2017

Fecha: 20-Nov-2017

Asimismo señala que en la demanda se hace mención a la empresa inexistente denominada Empresa

Asimismo señala que en la demanda se hace mención a la empresa inexistente denominada Empresa Minera C y V S.R.L., pero la demanda fue planteada contra la Empresa Minera EMCODEP S.R.L., por lo que el proceso esta viciado de nulidad, ya que admitir y tramitar el proceso sin que se hayan cumplido los requisitos exigidos por el Código Procesal de Trabajo, hace que el proceso tenga vicios de nulidad tanto en la Sentencia como en el Auto de Vista, y que tomando en cuenta el principio de proporcionalidad y de congruencia el juez de primera instancia tenía la obligación de aplicar lo dispuesto por el art. 121 del Código Procesal del Trabajo