Auto Supremo AS/1163/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1163/2017

Fecha: 01-Nov-2017

Por otra parte señalan que los propietarios (Agustín Mejía Carrasco y Nemecia Mamani de Mejía)

Por otra parte señalan que los propietarios (Agustín Mejía Carrasco y Nemecia Mamani de Mejía) vendieron dos veces el mismo inmueble objeto de usucapión; la primera venta lo realizaron a favor de los actores Hermógenes Sarmiento Benavidez y Águeda Molina de Sarmiento quienes no hicieron público su derecho, en tanto que la segunda venta fue efectuado a favor de Francisco Mejía Mamani (hijo) y éste sí hizo público su derecho inscribiendo bajo la Matrícula N° 7.01.2.02.0001376 cumpliendo de esa manera la exigencia de los arts. 1538.II y 1545 del CC, acusando nuevamente a la Juez A-quo y el Tribunal de apelación de haber malinterpretado indebidamente los arts. 105.II, 1538.II y 1545 del C.C