Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1180/2017
Fecha: 01-Nov-2017
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Germán Justiniano Weise
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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Que el Auto de Vista no se habría pronunciado respecto al reclamo de apelación sobre
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Que existiría falta de consideración, valoración y análisis de la prueba que habría sido reclamo
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Fondo
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Que existiría error de derecho en la apreciación del contrato de compromiso de venta
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Que existirá errónea aplicación de la ley por omisión en la aplicación de los arts
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
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En este antecedente, el Tribunal de Casación a momento de realizar el análisis sobre los
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En este sentido, este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos
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La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
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Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
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En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
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De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
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III.2.- Sobre la obligación de agotar la solicitud de complementación y enmienda
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Primeramente se debe tener presente que el art
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Criterio que se halla en consonancia con el nuevo código procesal civil, de lo que
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Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº
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III.3.- De la Oferta de Pago y Consignación
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Al respecto Carlos Morales Guillen en su obra Código Civil Concordado y Anotado refiere “La
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Si el acreedor se niega a recibir el pago, el deudor puede obtener
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En este sentido, se debe entender a la oferta de pago y consignación como aquella
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En este entendido, se debe además señalar que en caso de existir oposición del acreedor
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IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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Al respecto se debe señalar que tomando en cuenta lo desarrollado en el punto III
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En este marco, corresponde señalar que del análisis del Auto de Vista recurrido se tiene
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Debiendo tener en cuenta que el hecho de que el recurrente discrepe con dicha respuesta,
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Al respecto corresponde señalar que de la revisión del auto de Vista recurrido, se
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Corresponde precisar, que de la revisión del Auto de Vista recurrido se tiene que este
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Por otra parte si la parte recurrente consideraba que existía omisión de respuesta a sus
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Al respecto corresponde señalar que conforme se desarrolló en el punto III
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Corresponde señalar que conforme ya se refirió en el punto precedente, la pretensión
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En cuanto a que existiría contradicción en el Auto de Vista, ya que por
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Consiguientemente, en virtud a las razones expuestas, corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
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