Auto Supremo AS/0122/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2017

Fecha: 03-Feb-2017

Bajo ese razonamiento y al haber el Tribunal de apelación revocado la Sentencia de primer


Bajo ese razonamiento y al haber el Tribunal de apelación revocado la Sentencia de primer grado este debió resolver lo relativo a las mejoras y no dejar el estado de cosas del proceso en el mismos lugar en que se encontraba hasta antes de dictarse Sentencia; identificando al respecto como agravio que el Tribunal de Casación habría rehusado resolver la omisión comedida por el Tribunal de apelación, debiendo por consiguiente subsanar la misma en resguardo del debido proceso