Auto Supremo AS/0122/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2017

Fecha: 03-Feb-2017

De lo manifestado y conforme se hubo desarrollado en la doctrina aplicable al presente caso,


De lo manifestado y conforme se hubo desarrollado en la doctrina aplicable al presente caso, se tiene que el art. 236 del Código de Procedimiento Civil, establece que el Auto de Vista deberá circunscribirse precisamente a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de la apelación y fundamentación; esta norma legal obliga a los operadores de segunda instancia a resolver el recurso de apelación en base al fallo de primera instancia y los argumentos expuesto en el recurso, no permitiendo ir más allá de lo solicitado en el recurso