Auto Supremo AS/0134/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0134/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

incorporados legalmente a juicio fueron valorados de manera integral en estricta observancia del art


d)Sostiene que, en el siguiente acápite el Tribunal inferior, asume convicción y certeza que Francisco Mendoza: “es autor y culpable de complicidad en el delito de Homicidio cometido por el coacusado Nelson Gutiérrez, pues se encontraba junto a éste portando otra arma de fuego, consistente en una pistola calibre 32, que también fue usada contra los comunarios y autorizó a Nelson Gutiérrez que utilice el arma homicida…” subsumiendo su conducta en el art. 23 con relación al art. 251 del CP. En relación al imputado de igual forma, asumen: “que es autor y culpable del delito de Encubrimiento en el delito de Homicidio, cometido por el co-acusado Nelson Gutiérrez, puesto que fue él quien lo contrató para que trabaje en su Mina de Sal y es lógico que al momento de hacerlo se asegure de dónde proviene el acusado, cuál es su domicilio y demás datos referenciales para ser un empleado de su confianza…” sin que con posterioridad al hecho hubiese proporcionado esos datos, actuando con conocimiento y voluntad ayuda a eludir la acción de la justicia, confirmando que los elementos probatorios


incorporados legalmente a juicio fueron valorados de manera integral en estricta observancia del art. 173 del CPP, de donde se colige que no son evidentes los agravios esgrimidos por los apelantes, no siendo pertinente la jurisprudencia invocada al no tratarse de hechos análogos. Añade, que al Tribunal de apelación no le está permitido modificar la situación jurídica de los imputados; por cuanto, implicaría revalorizar los elementos de prueba incorporados a juicio, lo que no es viable