Auto Supremo AS/0214/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0214/2017

Fecha: 08-Mar-2017

POR TANTO

En el caso específico, la Ley Nº 044 en su art. 15 establece que la Sala Penal asume competencia para el control jurisdiccional, desde el inicio de la investigación, esto es según la norma de referencia, con la proposición acusatoria, cuyo actuado en el caso presente se habría dado en contra de Gonzalo Sánchez de Lozada y otros en fecha 16 de enero de 2015 (fs. 9 vta.); consiguientemente la imputación formal como tal no marca el inicio de la investigación ni mucho menos constituye un actuado que pueda incidir en la determinación de la competencia funcional del Tribunal para ejercer el control jurisdiccional, resultando el reclamo totalmente alejado del tema central que se cuestiona.
Por todas las consideraciones realizadas, se concluye que la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia al emitir el Auto Supremo Nº 037/2016 de 28 de noviembre, ha obrado correctamente.
POR TANTO.- La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de los arts. 406 de Código de Procedimiento Penal aplicable de manera supletoria al caso presente por mandato del art. 11 de la Ley Nº 044: CONFIRMA el Auto Supremo Nº 037/2016 de 28 de noviembre de 2016, con costas