Auto Supremo AS/0214/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0214/2017

Fecha: 08-Mar-2017

Se deja establecido que el memorial de impugnación no tiene la correlación y orden secuencial

Se deja establecido que el memorial de impugnación no tiene la correlación y orden secuencial adecuado, el contenido de algunas páginas se encuentra repetido, tal es el caso de fs. 19 vta., y 20 vta.; empero de ello, del contenido que se tiene de dicho recurso se resume lo siguiente:
El apelante acusa a la Sala Penal de haber omitido considerar la derogatoria del art. 393 del CPP y la abrogación de la CPE del 2004, dispuesta por la vigencia de la CPE del 2009, no siendo posible sostener una imputación formal en base a una norma procesal derogada expresamente, vertiendo críticas sobre el tema en contra del Tribunal que emitió la Resolución impugnada, ya que no se podría sostener que el planteamiento de su agravio no encuentre relación con la noción de incompetencia, aspecto que no habría sido explicado adecuadamente por el Tribunal.
Indica que la competencia está determinada en razón de la materia, territorio y en razón de la conexión, aspectos que se encontrarían recogidos no solo en la CPE, sino también en las leyes penales y en el Procedimiento Penal y pretender sostener que la competencia está determinada por Ley Nº 044 de 8 de octubre de 2010, resulta una aberración jurídica, ya que su persona no gozaría de privilegio constitucional y no se encontraría comprendido dentro de los alcances de dicha Ley