Indica también que la Sentencia y el Auto de Vista al disponer la cancelación de
De la revisión del contenido del Auto de Vista se advierte que no es evidente el reclamo, toda vez que el Ad-quem centró precisamente su atención en el aspecto referido por el recurrente para confirmar la Sentencia aclarando que no corresponde disponer la nulidad de la Sentencia dictada en el anterior proceso de usucapión, porque dicho fallo solo comprende a las partes que intervinieron en ese proceso donde no fue sujeto procesal el hoy demandante; similar situación se encuentra en el fundamento desarrollado en la SCP 0353/2015-S1 de 13 de abril que dejó sin efecto el Auto Supremo anulatorio Nº 62 de 5 de marzo de 2014 emitido por la Ex Sala Civil Liquidadora, y si el reclamo del recurrente es por la nulidad dispuesta de la sentencia de usucapión, ese aspecto ya fue aclarado en el Auto de Vista impugnado y reforzado en la indicada Sentencia Constitucional siendo la misma de cumplimiento obligatorio por su carácter vinculante de manera directa al caso de autos, no ameritando realizar mayor consideración al respecto.
Indica también que la Sentencia y el Auto de Vista al disponer la cancelación de las partidas en Derechos Reales habrían fallado más allá de lo pedido y por ese aspecto ameritaría la casación sobre el fondo del proceso dejando sin efecto la resolución recurrida, declarando improbada la demanda; como se podrá advertir los argumentos resultan siendo totalmente incoherentes, ya que no se puede acusar de fallos ultra petita que constituye un típico aspecto de forma y al mismo tiempo solicitar la casación sobre el fondo y declarar improbada la demanda como refiere el recurrente, cuyos errados criterios fueron correctamente observados por la parte adversaria al momento de contestar el recurso
Indica también que la Sentencia y el Auto de Vista al disponer la cancelación de las partidas en Derechos Reales habrían fallado más allá de lo pedido y por ese aspecto ameritaría la casación sobre el fondo del proceso dejando sin efecto la resolución recurrida, declarando improbada la demanda; como se podrá advertir los argumentos resultan siendo totalmente incoherentes, ya que no se puede acusar de fallos ultra petita que constituye un típico aspecto de forma y al mismo tiempo solicitar la casación sobre el fondo y declarar improbada la demanda como refiere el recurrente, cuyos errados criterios fueron correctamente observados por la parte adversaria al momento de contestar el recurso
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I
- II.1.- Resumen de los recursos
- Por otra parte, indica que la sentencia de fecha 12 de diciembre de 1998 cuya
- Refiere que la Sentencia y el Auto de Vista al disponer la cancelación de las
- Bajo la denominación de “Recurso de Casación en el Fondo”, vuelve a retomar el tema
- II
- Los recurrentes exponen los mismos argumentos del anterior recurso; es así que bajo el denominativo
- Señalan que la Sentencia y el Auto de Vista al disponer la cancelación de las
- Bajo la denominación de “Recurso de Casación en el Fondo”, vuelven a retomar el tema
- II.1.3.- Recurso de casación de Felipe Cortez Barradas (fs. 481-483)
- El recurrente indica que el Auto de Vista luego de reconocer que una Sentencia fraudulenta
- Que el Tribunal de Apelación de manera inexplicable mantiene como válida la venta fraudulenta realizada
- Bajo esos argumentos en su petitorio solicita casar el Auto de Vista y mantener en
- II.2.- De la respuesta a los recursos de casación
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- “En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- La SCP 1662/2012 de 01 de octubre en el Punto III
- “El art
- La doctrina orienta que tres son los presupuestos para la procedencia de la acción reivindicatoria:
- “Al respecto también debemos referir que la interpretación del art
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Indica también que la Sentencia y el Auto de Vista al disponer la cancelación de
- Sin embargo, en cumplimiento de la referida SCP 0353/2015-S1, se dirá que el actor en
- Por las consideraciones realizadas, el recurso analizado deviene en infundado, cuya petición resulta siendo contradictoria
- IV
- El recurso que se toma conocimiento contiene exactamente los mismos argumentos del anterior recurso examinado,
- Indica que el Auto de Vista luego de reconocer que una sentencia fraudulenta no puede
- En el caso de autos, si se toma en cuenta que los efectos de la
- Como se tiene señalado en la doctrina aplicable, uno de los requisitos fundamentales para la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
