Auto Supremo AS/0250/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2017

Fecha: 09-Mar-2017

Que el Tribunal de Apelación de manera inexplicable mantiene como válida la venta fraudulenta realizada

Que el Tribunal de Apelación de manera inexplicable mantiene como válida la venta fraudulenta realizada por Pedro Nolasco Cauna Ramírez a favor de sus hijos mediante Escritura Pública Nº 048 de 28 de febrero de 2000 infringiendo el art. 547 del Código Civil respecto a la retroactividad porque siendo nula la Sentencia de usucapión y la Escritura Pública Nº 160 de 25 de agosto de 1999, es también nulo el contrato de anticipo de legítima a favor de sus hijos