Por las consideraciones realizadas, el recurso analizado deviene en infundado, cuya petición resulta siendo contradictoria
Bajo la denominación de “Recurso de Casación en el Fondo”, vuelve a retomar el tema de notificación a la Entidad protectora de los menores, esta vez indicando que es válida la citación con la demanda a dicha Entidad, sin embargo extraña la falta de notificación con las demás actuaciones procesales, sobre todo con la Sentencia y el Auto de Vista, aspecto que generaría la nulidad de todo lo obrado; una vez más el recurrente incurre en incoherencia al incorporar argumentos de forma cuestionando el tema de notificaciones en un recurso que él considera ser de fondo; en todo caso existe la notificación con el Auto de Vista impugnado a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de la localidad de Caranavi realizado mediante orden instruida conforme se evidencia a fs. 480, no siendo evidente lo denunciado en el recurso.
Por las consideraciones realizadas, el recurso analizado deviene en infundado, cuya petición resulta siendo contradictoria con los argumentos del recurso y prueba de ello se tiene lo afirmado al final del recurso donde se solicita casar en el fondo y dejar sin efecto todo lo obrado hasta citarse con la Sentencia a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Caranavi para que asuma defensa desde la demanda, solicitando al mismo tiempo se de curso a sus distintos recursos de nulidad y casación, situación por demás extraña que lo torna de incongruente el recurso
Por las consideraciones realizadas, el recurso analizado deviene en infundado, cuya petición resulta siendo contradictoria con los argumentos del recurso y prueba de ello se tiene lo afirmado al final del recurso donde se solicita casar en el fondo y dejar sin efecto todo lo obrado hasta citarse con la Sentencia a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Caranavi para que asuma defensa desde la demanda, solicitando al mismo tiempo se de curso a sus distintos recursos de nulidad y casación, situación por demás extraña que lo torna de incongruente el recurso
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I
- II.1.- Resumen de los recursos
- Por otra parte, indica que la sentencia de fecha 12 de diciembre de 1998 cuya
- Refiere que la Sentencia y el Auto de Vista al disponer la cancelación de las
- Bajo la denominación de “Recurso de Casación en el Fondo”, vuelve a retomar el tema
- II
- Los recurrentes exponen los mismos argumentos del anterior recurso; es así que bajo el denominativo
- Señalan que la Sentencia y el Auto de Vista al disponer la cancelación de las
- Bajo la denominación de “Recurso de Casación en el Fondo”, vuelven a retomar el tema
- II.1.3.- Recurso de casación de Felipe Cortez Barradas (fs. 481-483)
- El recurrente indica que el Auto de Vista luego de reconocer que una Sentencia fraudulenta
- Que el Tribunal de Apelación de manera inexplicable mantiene como válida la venta fraudulenta realizada
- Bajo esos argumentos en su petitorio solicita casar el Auto de Vista y mantener en
- II.2.- De la respuesta a los recursos de casación
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- “En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- La SCP 1662/2012 de 01 de octubre en el Punto III
- “El art
- La doctrina orienta que tres son los presupuestos para la procedencia de la acción reivindicatoria:
- “Al respecto también debemos referir que la interpretación del art
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Indica también que la Sentencia y el Auto de Vista al disponer la cancelación de
- Sin embargo, en cumplimiento de la referida SCP 0353/2015-S1, se dirá que el actor en
- Por las consideraciones realizadas, el recurso analizado deviene en infundado, cuya petición resulta siendo contradictoria
- IV
- El recurso que se toma conocimiento contiene exactamente los mismos argumentos del anterior recurso examinado,
- Indica que el Auto de Vista luego de reconocer que una sentencia fraudulenta no puede
- En el caso de autos, si se toma en cuenta que los efectos de la
- Como se tiene señalado en la doctrina aplicable, uno de los requisitos fundamentales para la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
