VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs
VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 456 a 458 vta., interpuesto por Pedro Nolasco Cauna Ramírez representado por Rupertina Cauna Mamani; el recurso de nulidad y casación de fs. 470 a 473 interpuesto por Adolfo Cauna Mamani y Pedro Nolasco Cauna Ramírez, este último en su condición de curador ad-litem de Nelson y Mónica Cauna Mamani, y el recurso de casación en el fondo de fs. 482 a 483 y vta., interpuesto por Felipe Cortez Barradas; todos contra el Auto de Vista -Resolución Nº S- 277/2006 de 19 de junio de 2006 de fs. 450 a 451 pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de nulidad de sentencia judicial, mejor derecho propietario, reivindicación, pago de daños y perjuicios, seguido por Felipe Cortez Barradas contra los recurrentes y Tomás Vásquez Cailes; la respuesta de fs. 481 a 482 del demandante al recurso de los demandados; el Auto de concesión de fs. 536 vta., y demás antecedentes
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I
- II.1.- Resumen de los recursos
- Por otra parte, indica que la sentencia de fecha 12 de diciembre de 1998 cuya
- Refiere que la Sentencia y el Auto de Vista al disponer la cancelación de las
- Bajo la denominación de “Recurso de Casación en el Fondo”, vuelve a retomar el tema
- II
- Los recurrentes exponen los mismos argumentos del anterior recurso; es así que bajo el denominativo
- Señalan que la Sentencia y el Auto de Vista al disponer la cancelación de las
- Bajo la denominación de “Recurso de Casación en el Fondo”, vuelven a retomar el tema
- II.1.3.- Recurso de casación de Felipe Cortez Barradas (fs. 481-483)
- El recurrente indica que el Auto de Vista luego de reconocer que una Sentencia fraudulenta
- Que el Tribunal de Apelación de manera inexplicable mantiene como válida la venta fraudulenta realizada
- Bajo esos argumentos en su petitorio solicita casar el Auto de Vista y mantener en
- II.2.- De la respuesta a los recursos de casación
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- “En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- La SCP 1662/2012 de 01 de octubre en el Punto III
- “El art
- La doctrina orienta que tres son los presupuestos para la procedencia de la acción reivindicatoria:
- “Al respecto también debemos referir que la interpretación del art
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Indica también que la Sentencia y el Auto de Vista al disponer la cancelación de
- Sin embargo, en cumplimiento de la referida SCP 0353/2015-S1, se dirá que el actor en
- Por las consideraciones realizadas, el recurso analizado deviene en infundado, cuya petición resulta siendo contradictoria
- IV
- El recurso que se toma conocimiento contiene exactamente los mismos argumentos del anterior recurso examinado,
- Indica que el Auto de Vista luego de reconocer que una sentencia fraudulenta no puede
- En el caso de autos, si se toma en cuenta que los efectos de la
- Como se tiene señalado en la doctrina aplicable, uno de los requisitos fundamentales para la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
