Auto Supremo AS/0407/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2017

Fecha: 12-Abr-2017

En lo que respecta al fondo denuncia la interpretación errónea del art

En lo que respecta al fondo denuncia la interpretación errónea del art. 549.4 del Código Civil, ya que de los antecedentes y texto del documento que se pretende su nulidad, se estaría ante un error esencial sobre la naturaleza o sobre el objeto del contrato respecto de su posesión avaladora del crédito concedido a Ubaldo Veliz, extremo que hubiese acontecido cuando por una parte el Banco quería o pretendía que su persona sea garante y solidaria por toda la obligación, y por otra, su persona quería o entendía responder únicamente con la porción de su cuota parte correspondiente, viciándose de esta manera el consentimiento, por lo que denuncia que el error no estaría en el préstamo de dinero sino en la constitución de la garantía, pues en el caso de faltar el deudor a su obligación su persona respondería a la obligación con el 50% que había empeñado, y el otro 50% sería cubierto por el deudor que a su vez habría empeñado su correspondiente otros 50%, por lo que su persona debió haber sido constreñida por solo el 50% que dio en garantía y no por el 100%, ligándose esta al Banco no como deudora sino como garante