Auto Supremo AS/0407/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2017

Fecha: 12-Abr-2017

La entidad bancaria demandada, respondiendo a los reclamos inmersos en el Recurso de casación de

La entidad bancaria demandada, respondiendo a los reclamos inmersos en el Recurso de casación de la parte actora, señala que la suficiente prueba de descargo presentada y producida por su parte, demostró la improcedencia de la nulidad demandada, pues la naturaleza y objeto recaen en la entrega del dinero al deudor quien expresamente declara en la cláusula segunda haber recibido a su entera y total satisfacción, y por consiguiente a favor de su cónyuge, destinado el préstamo a actividades comerciales, cuya obligación era devolver en el plazo de 36 meses; extremos estos de donde se colige que el objeto y naturaleza del contrato no fueron viciados, máxime cuando los actores habrían reconocido en la confesión judicial el acuerdo de voluntades, por lo que no existiría el error acusado en la demanda