Auto Supremo AS/0407/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2017

Fecha: 12-Abr-2017

Que el Juez A quo no debió suspender la audiencia de producción de prueba testifical,

Que el Juez A quo no debió suspender la audiencia de producción de prueba testifical, pues dicha suspensión estaría sancionada con nulidad por haberse vulnerado el art. 383 del Código de Procedimiento Civil que es de orden público, extremo que habría sido convalidado por los jueces de Alzada