Auto Supremo AS/0407/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2017

Fecha: 12-Abr-2017

Por lo expuesto, se concluye que los reclamos acusados en la forma devienen en infundado,

Por lo expuesto, se concluye que los reclamos acusados en la forma devienen en infundado, no existiendo en consecuencia vulneración alguna de los arts. 3 inc. 1) y 3), 87, 90, 381 todos del Código de Procedimiento Civil, como tampoco vulneración del art. 383 del Código de Procedimiento Civil