Por Sentencia 19/2015 de 16 de noviembre, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental
Por Sentencia 19/2015 de 16 de noviembre, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Elmer Apaza Apata, autor de la comisión de los delitos de Feminicidio en Grado de Tentativa y Lesiones Gravísimas, tipificados por los arts. 252 bis. inc. 1) del CP, tipo penal incorporado por el art. 84 de la Ley 348, con relación a los arts. 8 y 270 inc. 3) del CP, modificado a su vez por Ley 369, imponiendo la pena de veinte años de presidio, sin derecho a indulto, con costas y pago de la responsabilidad civil a favor del Estado y de la víctima, averiguables en ejecución de Sentencia, al haber llegado a la convicción tras la valoración de la prueba que el hecho aconteció el 3 de diciembre de 2014, en el domicilio de la víctima en la habitación de su sobrina María Fernanda García García y su esposo Rodrigo García Mamani, en el que el acusado le dio una golpiza a la víctima con un palo de madera en la cabeza y en su mano rompiendo el palo en este último lugar; además, de recibir patadas y golpes de puño dejándola ensangrentada, para luego proceder a agarrarla y botarla en la cama y sacando un cuchillo trato de punzarla, que tras el forcejeo cayó el cuchillo, luego el acusado sacó una dinamita, que encendida llego a explotar en su mano, para después salir de la habitación
- a)Por Sentencia 19/2015 de 16 de noviembre (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 40/2017-RA de 20 de enero,
- El recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido no observa lo establecido por el
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 40/2017-RA de 20 de enero, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 19/2015 de 16 de noviembre, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental
- En cuanto al delito de Lesiones Gravísimas, el A quo señala que el acusado
- El imputado Elmer Apaza Apata, interpuso recurso de apelación restringida, manifestando en síntesis que la
- Añade que la Sentencia inobservó que las atestaciones son contradictorias y que las pruebas no
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declara improcedente la alzada
- Asimismo, el Tribunal ad quem considera que si bien el apelante advierte que la víctima
- Con relación a que el médico forense fue ofrecido como testigo de cargo y que
- En el caso presente, el acusado Elmer Apaza Apata, denuncia que el Auto de Vista
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III.2.De los precedentes invocados y análisis del motivo
- motivación, cuando se omita la exposición de los razonamientos efectuados sobre un punto esencial de
- El Auto Supremo “144/2013” de la Sala Penal Primera, fue pronunciado dentro de un proceso
- Al respecto, se advierte que las problemáticas procesales dilucidadas en los precedentes invocados que anteceden,
- Es así, que el Ad quem a la denuncia de ausencia de resolución judicial fundamentada,
- Respecto a que no se habría tomado en cuenta como atenuantes que no fue encontrado
- Conforme se tiene expresado este Tribunal advierte que el Auto de Vista impugnado, se ha
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
