Auto Supremo AS/0330/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0330/2017-RRC

Fecha: 03-May-2017

De todo lo analizado, se advierte que el Instructivo 13/2014 de 7 de noviembre estableció


De todo lo analizado, se advierte que el Instructivo 13/2014 de 7 de noviembre estableció con claridad que aquellos Tribunales de Sentencia que fueron constituidos con anterioridad al 30 de octubre de 2014, continuarán con la tramitación de dichos procesos hasta la conclusión conforme la Ley 1970 y sus modificaciones; es decir con la participación de jueces ciudadanos incluso; en consecuencia, corresponde en Autos verificar si el Tribunal conformado con Jueces ciudadanos, cumplió o no con dicho extremo a los efectos de tener la certeza de la aplicación correcta de la norma analizada; es así, que se advierte de fs. 207 a 209, el Acta de Audiencia de Constitución de Tribunal de 2 de mayo de 2014 y de fs. 257 a 258, Acta de Constitución Extraordinaria de Tribunal de 8 de mayo de 2014, en las cuales se designó como Juezas ciudadanas a: María del Carmen Condori Martínez, María Choque Barito y Juana Iris Mancilla Taboada; en consecuencia, esta actuación de constitución de Tribunal fue antes del 30 de octubre de 2014, por lo que la actuación de ese Tribunal de Sentencia estaba bajo el amparo de los alcances del art. 5, disposición transitoria segunda y cuarta de la Ley 586 e Instructivo 13/2014 de 7 de noviembre, emitido por el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, más si se tiene en cuenta que de acuerdo al art. 64 del CPP, los jueces ciudadanos, desde el momento de su designación serán considerados integrantes del Tribunal