Auto Supremo AS/0340/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0340/2017-RRC

Fecha: 17-May-2017

De lo precedentemente expuesto, se tiene que el Tribunal de alzada no dio un alcance


De lo precedentemente expuesto, se tiene que el Tribunal de alzada no dio un alcance diferente al tipo penal previsto por el art. 203 del CP como aseveran los recurrentes; puesto que, explicó que si bien al momento de efectuarse la transferencia no existía el documento falso, aclaró que la génesis del mismo se asentó en la supuesta calidad de herederos que se atribuyeron los recurrentes, señalando el Auto de Vista recurrido, que se consolidó la transferencia, con la entrega del testimonio de declaratoria de herederos a los compradores, de ahí que se configuró la conducta de los imputados al delito de Uso de Instrumento Falsificado previsto por el art. 203 del CP, fundamentos que no contradicen a la doctrina legal establecida en el Auto Supremo 236 de 7 de marzo de 2007; toda vez, que el Tribunal de alzada no estableció que el tipo penal previsto por el art. 203 del CP, se configuraría con la utilización de un argumento como afirman los recurrentes, sino que explicó que si bien los recurrentes utilizaron el argumento de ser legítimos herederos para efectuar la transferencia, la misma se habría consolidado con la entrega del Testimonio de declaratoria de herederos, de donde advirtió que se configuró la conducta de los imputados al delito acusado por la utilización de un documento como es el testimonio de declaratoria de herederos; en consecuencia, no se advierte contradicción del Auto de Vista recurrido con el precedente invocado, situación por la que el presente motivo deviene en infundado