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    Auto Supremo AS/0456/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0456/2017

    Fecha: 08-May-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Néstor Lima Callapino. c/ Alejandro Lima Callapino
    • Proceso: Restitución de prestaciones
    • Distrito: Tarija
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Apelada la Resolución de primera instancia se emite el Auto de Vista de fs
    • II. DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • Por otra parte transcribe el art
    • Asimismo acusa que falta de motivación y congruencia en la resolución impugnada, refiriendo que no
    • Por lo expuesto solicita que se case el Auto de Vista y se declare probada
    • III. DOCTRINA LEGAL
    • La resolución por cláusula resolutoria expresamente convenida, opera para el caso en que las partes
    • La resolución por requerimiento o intimación, constituye otra de las formas de resolución por incumplimiento
    • III.2.- De la suspensión de las prestaciones debidas
    • El art
    • Debe tomarse en cuenta que la descripción normativa señalada supra tiene su fuente en el
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Respecto a la acusación de que el Ad quem no ha resuelto los seis agravios
    • Respecto a la acusación relativa de incongruencia objetiva extra petita, en sentido de que demandó
    • Sobre la acusación relativa de haberse incumplido con la carga de la prueba, se debe
    • En cuanto a la acusación de que la Sentencia confunde los efectos de la venta
    • Respecto a la acusación de vulneración del derecho a la defensa, porque la Sentencia considera
    • Consiguientemente las acusaciones en la forma resultan ser infundadas
    • 2.- Sobre las acusaciones en el fondo
    • Sobre la acusación relativa a la infracción de haberse aplicado indebidamente los arts
    • Consiguientemente respecto a la acusación de que el Juez de Alzada haya considerado la existencia
    • Por otra parte, en cuanto a la cita del art
    • En lo relativo a la infracción del art
    • Concluyendo que no concurren errores de fondo para modificar la decisión recurrida
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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