Auto Supremo AS/0456/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0456/2017

Fecha: 08-May-2017

Respecto a la acusación de que el Ad quem no ha resuelto los seis agravios

1.- Sobre las acusaciones en la forma.
Respecto a la acusación de que el Ad quem no ha resuelto los seis agravios que hubiera formulado en el recurso de apelación en la que se acusa falta de motivación y congruencia, los que se encuentran reproducidos en el recurso de casación, por lo que al estar reiterados en dicho recurso corresponderá analizar los mismos, conforme a lo siguiente:
Sobre la acusación que la Sentencia tiene falta de motivación aludiendo que se encuentra desconfigurado los folios 194 y su vuelta; corresponde señalar que la última línea del folio 194 señala lo siguiente “… no cumplió con su obligación de vendedor de hacerle adquirir el derecho…”, y la primer línea del reverso de dicha foja señala: “Gareca, aseveración que no ha sido demostrada en el proceso…”, de dichas frases se entendería que no guardan relación, empero de ello, la Sentencia debe ser entendida en su texto integral, siendo así se tiene que en fs. 192 en el numeral 3 se hace referencia a la propiedad de Enrique del Carmen “Gareca” quien fuera el propietario del inmueble objeto de Litis el cual no participa de la suscripción del contrato, para ello se tiene el fundamento de la Sentencia que refiere la venta de cosa ajena, en base a dicho criterio se tiene que en las frases descritas lo único que faltaba es la preposición “de” para integrar ambas frases, aspecto que podía ser subsanado mediante una petición de complementación y enmienda, y no mediante un recurso de casación en la forma acusando una redacción incompleta, pues de acuerdo a lo referido se tiene que las frases descritas y la preposición mencionada, las frases tienen sentido