II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
1.- “Error material en la valoración de la prueba de fs. 40-44”. Que para demostrar que los documentos de compraventa no fueran verdaderas de compraventa sino donaciones a favor del demandado habría producido la prueba pericial mostrando desacuerdo con el precio, prueba no impugnada por los demandados. El Ad quem sostendría que solo fuera un avalúo actual del inmueble, constituiría en error material por no haberse leído de manera adecuada la materialidad de la prueba. Que lo contrario hubiera sido el resultado, al tratarse de proyección al día de la supuesta venta
1.- “Error material en la valoración de la prueba de fs. 40-44”. Que para demostrar que los documentos de compraventa no fueran verdaderas de compraventa sino donaciones a favor del demandado habría producido la prueba pericial mostrando desacuerdo con el precio, prueba no impugnada por los demandados. El Ad quem sostendría que solo fuera un avalúo actual del inmueble, constituiría en error material por no haberse leído de manera adecuada la materialidad de la prueba. Que lo contrario hubiera sido el resultado, al tratarse de proyección al día de la supuesta venta
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por Elsa Espada Aguirre y María Luisa Espada Aguirre por memorial
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil, Comercial, Familiar y de la Niñez y
- Que no se ha infringido norma procesal alguna en la Sentencia, habiéndose cumplido con el
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- Que reconocen a su hermano y el derecho a la herencia que tiene en proporción
- Concluye por pedir se case el Auto de Vista y deliberando en el fondo se
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- Respecto al principio de verdad material al igual que los otros reclamos no existiría una
- Al supuesto desconocimiento como herederas fuera falso, ya que su padre podía vender por un
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Respecto al tema, el art
- En el caso de autos, la actoras señalan que se afectó a su legítima, acusando
- Asimismo, es pertinente precisar que respecto al motivo ilícito el art
- Por otro lado respecto a la afectación a la legítima que se denunció en la
- Dentro del marco analizado, del examen del art
- Así precisado el tema, cuando las recurrentes acusan error material en la prueba de fs
- Respecto a la infracción a las reglas de interpretación de los contratos recurriendo a lo
- Bajo esas consideraciones y habiéndose desvirtuado las acusaciones efectuadas por las recurrentes, corresponde emitir resolución
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
