Auto Supremo AS/0448/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0448/2017-RA

Fecha: 19-Jun-2017

Sin perjuicio de lo señalado, es posible advertir que en los motivos recientemente expuestos, el


Con relación a lo manifestado, se evidencia que si bien el recurrente explicó el motivo de su denuncia relativa a la insuficiente fundamentación del Auto de Vista, e invocó varios Autos Supremos que se encuentran identificados en cada uno de los motivos precedentes; no precisó una probable contradicción de éstos con los argumentos reclamados del Auto de Vista impugnado, impidiendo que este Órgano cumpla con su labor nomofiláctica de unificación de jurisprudencia ante la ausencia de cita de doctrina legal que permita realizar la labor de contrastación, inobservando lo establecido por los arts. 416 y 417 del CPP, referidos a la procedencia y requisitos indispensables que viabilicen la admisibilidad del recurso de casación.

Sin perjuicio de lo señalado, es posible advertir que en los motivos recientemente expuestos, el recurrente también denunció la infracción de las garantías y principios jurisdiccionales, como la seguridad jurídica, el principio de certeza, la garantía de legalidad, la transparencia, la igualdad de las partes, congruencia, verdad material, defensa y debido proceso, cumpliendo meridianamente con la vinculación entre los hechos denunciados como agraviadores y la forma de cómo éstos hubieran violado los principios y derechos invocados debido a la supuesta falta de resolución concreta y coherente a los cuestionamientos contenidos en su recurso de apelación restringida. Por lo tanto, al haber el recurrente, otorgado los insumos mínimos necesarios resulta viable el control de fondo de la Resolución de alzada, en cuanto a los motivos primero, tercero, cuarto, quinto y séptimo, del recurso de casación sujeto a análisis