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    Auto Supremo AS/0465/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0465/2017-RRC

    Fecha: 27-Jun-2017

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    • Parte Acusadora : Industrias Brasileira Lorenzetti S.A
    • Por memorial presentado el 18 de julio de 2016, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a)Por Sentencia de 19 de octubre de 2012 (fs
    • b)Contra la referida Sentencia, Lorenzetti S
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 706/2016 de 19 de septiembre,
    • 1)La parte recurrente en alusión al fundamento II
    • 2)Denuncia que el fundamento II
    • I.1.2. Petitorio
    • Solicita que una vez admitido el recurso de casación, se declare fundado dejando sin efecto
    • Mediante Auto Supremo 706/2016-RA de 19 de septiembre, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
    • Por Sentencia de 19 de octubre de 2012, el Juez Cuarto de Sentencia del Tribunal
    • El iter criminis denunciado y sometido a juicio oral, no ha sido demostrado y acreditado
    • iv)Errónea aplicación de ley adjetiva por defectuosa valoración de la prueba documental, en el considerando
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • i)En cuanto a los fundamentos relativos a la negativa ilegal de producción de prueba de
    • ii)En lo concerniente a los defectos de sentencia de los incs
    • iii)Respecto a la inobservancia de ley adjetiva, porque en la sentencia se valoró prueba no
    • iv)En cuanto a la valoración de prueba documental judicializada, es menester referirse a los límites
    • En lo que concierne a las prueba A-2 y A-3, que no serían susceptibles de
    • Esta Sala Penal admitió el presente recurso ante la denuncia de que el Auto de
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • El art
    • La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • Por lo referido, el objetivo del recurso de casación es asegurar el exacto y uniforme
    • III.2.Análisis del caso concreto
    • El recurrente en el primer motivo, acusó al Tribunal de alzada de distorsionar la teoría
    • Auto Supremo 308 de 25 de agosto de 2006, emitido en un proceso penal por
    • Nuestro ordenamiento penal acoge el sistema de la Sana Crítica, pretendiendo explicar que sus contenidos
    • La máxima expresión del sistema emerge del juicio de mérito y se traduce en la
    • En un primer momento, a partir de la inmediación y de la percepción directa de
    • Este control, en consecuencia, debe incluir la verificación de la correcta motivación de las sentencias
    • Auto Supremo 368 de 17 de septiembre de 2005, dictado dentro de un proceso penal
    • La concurrencia de un defecto absoluto durante el desarrollo del proceso o en la sentencia,
    • Auto Supremo 342 de 28 de agosto de 2006, dictado dentro de un proceso por
    • La exigencia de motivación constituye una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
    • En virtud de éstas razones, la ley procesal consagra la exigencia de motivación de las
    • La motivación, a la vez que un requisito formal, que en la sentencia no se
    • La motivación debe ser expresa, clara, completa, legítima y lógica
    • a) Expresa : Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos,
    • b) Clara: En la sentencia, el objeto del pensar jurídico debe estar notoriamente determinado, de
    • d) Esto no implica que los hechos secundarios queden excluidos; la obligación de motivar alcanza
    • e) La motivación, para ser completa, debe referirse al hecho y al derecho, valorando
    • f) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a la validez intrínseca de
    • También, por supuesto, será ilegítima la motivación si se funda en prueba obtenida por un
    • Al respecto, señala Maier: "
    • g) Lógica: Finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
    • Precisado el motivo y desglosada la doctrina legal de los precedentes invocados, se advierte que
    • Al respecto, en la sustanciación del procedimiento, una vez introducida la prueba de cargo y
    • En el caso de autos, el recurrente alegó que la prueba documental A-13, cuya omisión
    • Por otro lado, los errores o inobservancias del procedimiento, serán calificados como lesivos a la
    • Así, no todo defecto o no toda irregularidad en un acto procesal o en un
    • Finalmente, se deberá considerar que toda Resolución dictada en Apelación y en lo que concierne
    • Por otro lado, respecto a la denuncia de revalorización de la prueba A-13 en que
    • En cuanto al segundo motivo, se tiene que la parte recurrente denunció que la Sentencia
    • Previamente, cabe advertir que los precedentes invocados para el presente motivo consistentes en los Autos
    • Esta afirmación puntual, trasunta la verdadera dimensión de los acontecimientos que describe la Sentencia, que
    • El recurrente en el tercer motivo, acusó que el Tribunal de alzada sostuvo que la
    • Para acreditar la situación contradictoria en la que supuestamente incurrió el Auto de Vista impugnado,
    • Que al respecto, el Auto Supremo Nº 438 Sucre 15 de octubre de 2005 establece:
    • Que asimismo el Auto Supremo Nº 384 de fecha 26 de septiembre de 2005 determina:
    • Ciertamente de acuerdo al art
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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