b)Los procesados a su turno presentaron recurso de apelación contra la Sentencia de primera instancia:
b)Los procesados a su turno presentaron recurso de apelación contra la Sentencia de primera instancia: Rodolfo Velásquez Mallea “(fs. 4548)”, Víctor Hugo Marcowski Rivero “(fs. 4551)”, Martín Heriberto Saavedra Ribera “(fs. 4555)”, Eduardo Mario Bazoalto Zabala “(fs. 4566)”, Leonor Paz Chambi “(fs. 4570 a 4571)”, Abad Mérida Vásquez “(fs. 4576 a 4579)” y Gonzalo Abraham Soliz Muñoz “(fs. 4582)”, que fueron resueltos por Auto de Vista de 6 de enero de 2006, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que confirmó la Sentencia impugnada con las siguientes modificaciones: Declaró a los procesados Martín Heriberto Saavedra Rivera, Rodolfo Velásquez Mallea, Leonor Paz Chambi y Abad Mérida Velásquez, autores sólo de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica Culposa, modificando también el recinto penitenciario donde deben cumplir condena y revocó la Sentencia impugnada, respecto al procesado Eduardo Mario Bazoalto Zabala, declarando su absolución de pena y culpa
- Por memorial presentado el 4 de abril de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por otro lado, declaró la absolución de responsabilidad y pena por el delito de Encubrimiento
- b)Los procesados a su turno presentaron recurso de apelación contra la Sentencia de primera instancia:
- c)Asimismo, presentaron recursos de casación los procesados: Rodolfo Velásquez Mallea, Eduardo Mario Bazoalto Zabala, Martín
- Mallea, Leonor Paz Chambi y Abad Mérida Vásquez, autores de los delitos de Incumplimiento de
- e)En mérito a la demanda de calificación de Responsabilidad Civil de 18 de septiembre de
- 2
- f)Contra la Sentencia 24/2015 de 13 de mayo, el demandante Walter Villamor Rodríguez en representación
- I.1.1. Motivos del recurso sujeto a análisis
- Del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Denuncia la inobservancia de los arts
- El Tribunal de alzada al referir que la Sentencia fue defectuosa y/o anómala y que
- Por otro lado, el recurrente alega que existió error de interpretación y de aplicación de
- En consecuencia, existe por parte del Tribunal de alzada una interpretación errónea y aplicación indebida
- Por otro lado, señala que el Tribunal de alzada además de incurrir en vulneración de
- Por lo mencionado, el recurrente señala que resulta cierto el quebrantamiento de normas adjetivas penales,
- Por menoscabo al derecho a la Policía Boliviana, por haberse ignorado el Tribunal de alzada
- Por inobservancia del art
- contradichas por otros elementos probatorios, por lo que solicita que se anule inextenso lo obrado
- I.2. Requerimiento Fiscal
- Por decreto de 26 de abril de 2017, se dispuso VISTA FISCAL, cursante a fs
- Por mandato de la Disposición Transitoria Primera del Código de Procedimiento Penal vigente, tomando en
- II.1. El recurso de casación en el Código de Procedimiento Penal abrogado de 1972
- De la disposición contenida en el art
- En el tema relacionado a los recursos, el art
- Ello significa que la norma procedimental citada, prevé que el recurso de nulidad o casación
- II.2. Análisis del caso concreto
- de 1972, es específico al señalar las causales de nulidad, de las cuales ninguno de
- Con relación a la denuncia que la calificación de la reparación del daño civil, los
- los herederos de la víctima” ; en este caso, resulta parcialmente coherente la interpretación de
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
