Auto Supremo AS/0573/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0573/2017

Fecha: 05-Jun-2017

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2.-El recurrente interpuso proceso de rectificación, de la citada escritura Publica Nº 210/2003 en contra de la Notaria de Fe Publica y el Registrador de Derechos Reales, como consecuencia de ello se dictó Sentencia por parte del Juez de Partido Primero en lo Civil y Comercial de este Distrito, declarando probada la pretensión, disponiendo a tal efecto,- la rectificación del nombre de la calle Mataral por la Guardia, del inmueble inicialmente marcado con la letra “A-2” , actualmente como efecto de la división tiene la letra “L-C”. -, determinación que se halla inserta en el testimonio de fs. 152 a 156 adjunto a la demanda reconvencional, rectificación que fue inscrita en Derechos Reales en la gestión 2010 como se desprende del certificado treintañal, con la aclaración que esa determinación ha sido dejada sin efecto por Auto de Vista de 20 de diciembre de 2013, bajo el fundamento que : “el Juez Primero de Partido en lo Civil, al admitir la demanda necesariamente debió leer el contenido y advertir que se pretende modificar la ubicación del frente de un lote de terreno de la calle Mataral a la calle Guardia, los demandantes invocan reiteradamente que la vendedora o anterior propietaria es Martha Saavedra Vidaurre, documento protocolizada en la Notaria registrado en Derechos reales, que ese terreno tiene dos frentes el uno a la calle Mataral y el otro a la calle la Guardia, la modificación de una calle a la otra a simples vista está cambiando la ubicación del terreno transferido, consiguientemente se está alterando la voluntad de la vendedora a petición unilateral de los compradores. ”••