Auto Supremo AS/0573/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0573/2017

Fecha: 05-Jun-2017

Teniendo presente esos dos puntos conforme se expuso, el sub lite, no existe coincidencia entre

Teniendo presente esos dos puntos conforme se expuso, el sub lite, no existe coincidencia entre el bien del cual se pretende la usucapión quinquenal y en el cual se ejerce la posesión, debido a que se pretende la usucapión quinquenal del bien signado con la letra L-C sito en la calle Guardial Alto San Juanillo, empero, conforme se ha desglosado en el punto 1 supra, la venta realizada e inscrita en Derechos Reales la cual sirve de base para el justo título y la buena fe sitúa al bien en la calle Mataral signado con la letra A-2, mismo bien donde se ejerce la posesión como emergencia del desapoderamiento, entonces no resulta viable pretender la usucapión quinquenal al no existir esa correlación entre el registro y el bien como se ha referido en varias ocasiones, no resultando loable pretender forzar como base para el título el último registro, es decir, las modificaciones realizadas vía rectificación, cuando la vendedora nunca ha manifestado su voluntad de crear esa aclaración o reconocer esa modificación, sino que conforme se ha expuesto su venta se refería a otro bien, por lo que al no existir esa coincidencia resulta inviable la pretensión en los términos expuestos en la demanda, ya que, nunca ha existido justo título sobre ese bien en específico