Auto Supremo AS/0629/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0629/2017

Fecha: 16-Jun-2017

4)Denunció interpretación errónea y aplicación indebida de las Leyes 2372, 2718 y 4026, cuando se


4)Denunció interpretación errónea y aplicación indebida de las Leyes 2372, 2718 y 4026, cuando se afirma que no son contradictorias entre sí, la primera se trata de regularización de propiedades urbanas del país y las otras son casuistas sobre los terrenos de Tucsupaya Alta, la R.S. 197856 de 3 de enero de 1983 fue ANULADA por el A.S. 34-16-12-1985 y ratificada esa nulidad por la S.C.0991/2002-R y el A.C. 0115/99-CA, y pese a estar expulsada del ordenamiento legal fue extrañamente elevada a rango de ley mediante la Ley 4026, sin advertir que en vigencia de la R.S.105287, 163250 y 188111 se realizaron actos judiciales, de dominio y posesión de los terrenos de Tucsupaya Alta, que el Ad-quen pretende ignorar y a la vez reconocen el valor de los documentos de fs. 41 a 44 y no así los documentos de fs. 69 a 231, dando lugar a una imaginaria supresión de los derechos de la reconvencionista y consolidar la dotación en área urbana de (Juana Vda. de Caba)