Auto Supremo AS/0663/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0663/2017

Fecha: 19-Jun-2017

Finalmente queda claro y sin lugar a duda que los contratos que celebra el Estado

Finalmente queda claro y sin lugar a duda que los contratos que celebra el Estado a través de cualquiera de sus órganos: Legislativo, Ejecutivo, Judicial Electoral o a través de cualquier entidad pública en función de su poder de administración, y que tienen por objeto la ejecución de una obra o servicio de interés general, revisten naturaleza administrativa, por tanto sujetos a una regulación especial ajena a la regulación ordinaria civil que sólo es aplicada en forma supletoria en cuanto no contraríe las normas y fines del derecho administrativo. Sin embargo, al margen de lo ya expuesto, para establecer si se ha cumplido o ha incumplido las condiciones o cláusulas en los contratos de los cuales se pretende la nulidad, la determinación pasa por realizar un análisis de las normas administrativas las cuales están establecidas en la leyes o reglamentos, las mismas que corresponden al campo del derecho administrativo