Auto Supremo AS/0178/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0178/2017

Fecha: 05-Jul-2017

En esa línea, de revisión del Auto de Vista recurrido se advierte, que uno de

En esa línea, de revisión del Auto de Vista recurrido se advierte, que uno de los fundamentos que llevó a los de instancia, concluir la existencia de una relación laboral continua y permanente bajo el amparo de la Ley General del Trabajo, fue la valoración de los elementos probatorios extrañados por el recurrente; consistentes en literales de los Contratos a Plazo Fijo, que cursan de fojas 10, 11, 12 a 13 de actuados, por el cual se acredita y se evidencia que la demandante contaba con tres contratos sucesivos a plazo fijo de tracto sucesivo suscritos entre la actora y la entidad demandada GAMS, a partir del año 2012 al 2014, recontrataciones que avalan y consolidan una continuidad de la relación laboral, razón y motivo por lo que los de instancia fundamentaron que en aplicación del art. 2 del D.S. 16187, esos contratos de plazo fijo se convirtieron en contratos a tiempo indefinido, es decir que la relación laboral con el GAMS mudó a una relación laboral permanente e indeterminada en tiempo; mostrándose contrario a lo que afirma el recurrente que esas pruebas fueron correctamente valoradas