Auto Supremo AS/0178/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0178/2017

Fecha: 05-Jul-2017

Sobre la acusada infracción de error de derecho, hace referencia a la RM 193/72, de

Respecto a la condición de su mandante en el sentido de que no está amparado por la Ley General del Trabajo, esa discusión legal, constitucional, jurisprudencial ya fue plenamente dilucidado en las Sentencias Constitucionales vinculantes 0192/2016-82, 0299/2016-82 y 0563/2016-83; todas ellas evidencian que la demandante está protegido por la Ley General del Trabajo y de carácter vinculante
Sobre la acusada infracción de error de derecho, hace referencia a la RM 193/72, de 15 de mayo de 1972, art. 2 del DL 16187 de 16 de febrero de 1979, manifestando que esta es normativa plenamente aplicable al caso de autos, señala que, esta discusión constitucional, legal y jurisprudencial, ha sido plenamente dilucidado por las sentencias constitucionales aportadas en su respuesta a la casación, misma que interpreta la ley 321, aplicando el principio constitucional de derecho, según la Sentencia Constitucional 0563/2016-83, por lo cual señala, que no existe error de derecho alguno sobre ninguna normativa alegada por el demandado en su recurso de casación, máxime si la ley 321 fue correctamente aplicada al caso de autos