Auto Supremo AS/0178/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0178/2017

Fecha: 05-Jul-2017

Manifiesta que, en la tramitación de la causa, el Juez A-quo asumió competencia basándose en

I.2.1. Casación en la forma
Manifiesta que, en la tramitación de la causa, el Juez A-quo asumió competencia basándose en la Ley General del Trabajo y normativa jurídica conexa en materia laboral, contraviniendo lo dispuesto por la Ley y las disposiciones constitucionales y legales reguladas por los art. 46 numeral 1 del párrafo I y el párrafo III, y art. 48 de la Constitución Política del Estado, y principalmente la Ley Nº 321, de 18 de diciembre de 2012; pues esta norma se refiere a personal permanente, y no eventual/provisorio. Entonces; señala que, si no es aplicable al presente caso concreto la Ley Nº 321, por corrección racional, tampoco corresponde aplicar la Ley General del Trabajo y otras disposiciones conexas sobre la materia