Auto Supremo AS/0178/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0178/2017

Fecha: 05-Jul-2017

Manifiesta que a partir de diciembre del 2012 los trabajadores asalariados manuales, técnico operativos y

Manifiesta que a partir de diciembre del 2012 los trabajadores asalariados manuales, técnico operativos y administrativos pasan al régimen laboral, en el caso de autos su mandante realizaba el trabajo manual de portera, a partir de la promulgación de la Ley 321 su mandante cuenta con más de dos contratos es decir, es considerado por tiempo indefinido por el Decreto Ley 16187 de 16 de febrero de 1979, Art. 6 Normas para contratos sucesivos, por otro lado, señala que, la misma ley 321 en sus disposiciones finales prohíbe a las alcaldías a evadir el cumplimiento de la normativa laboral, a través de modalidades de contratación que encubran una relación laboral propia o permanente