Auto Supremo AS/0217/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0217/2017

Fecha: 11-Ago-2017

Que no existe prueba alguna que demuestre que hubiera habido subcontratación y la prueba equivocada

Que no existe prueba alguna que demuestre que hubiera habido subcontratación y la prueba equivocada en la que se basa la sentencia y Auto de Vista es la confesión espontánea de que los trabajadores fueron contratados por Máximo Flores Gonzáles, Felix Canqui Orozco y Feliciano Choque Poma, aplicable esa confesión al art. 154 del CPT, omitiéndose la verdad material pues lo que se dijo es que fueron contratados como choferes para la Empresa ETASA CRISOL por los antes mencionados y que cuando comenzaron a trabajar se dieron cuenta que no era así al marcar tarjeta en la empresa y transportar envases de aceite