Auto Supremo AS/0616/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0616/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

“Se sancionara con privación de libertad de tres (3) a seis (6) años, a quien


Luego la Ley 369 de 1 de mayo de 2013 Ley General de las Personas Adultas Mayores, modificó el art. 271 con el siguiente texto:

“Se sancionara con privación de libertad de tres (3) a seis (6) años, a quien de cualquier modo ocasione a otra persona un daño físico o psicológico, no comprendido en los casos del Artículo anterior, del cual derive incapacidad para el trabajo de quince (15) hasta noventa (90) días