Auto Supremo AS/0616/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0616/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

trabajo, por la sanción de reclusión, que al haber obrado de esa forma se vulneró


Adicionalmente, afirma que la sentencia no fundamenta sobre el concurso real y sólo señala en medio párrafo que esa figura concurre de acuerdo al art. 45 del CP, cuando el juzgador debe señalar y explicar a cabalidad en que han consistido esos designios independientes sin que se haya realizado una o más acciones, o tal vez omisiones, cómo y por qué se aplica esa facultad de aumentar la sanción en una mitad hasta el máximo, pues no sólo se puede citar la norma legal, sino que se debe explicar su aplicación lo que en el presente caso no se tiene, por lo que no se sabría si se aumentó o no hasta la mitad o sólo se mencionó y no fue aplicado, afirmando que no se tiene una debida fundamentación y motivación de la aplicación del art. 45 del CP; en consecuencia, concluye que al estar ambos delitos sancionados con penas de prestación de trabajo no podía aplicarse el art. 45 del CP, sancionándolo con pena de reclusión de dos años, porque el juzgador no tendría potestad legal de convertir la sanción de prestación de


trabajo, por la sanción de reclusión, que al haber obrado de esa forma se vulneró la normativa legal y constitucional, sus derechos y garantías constitucionales como el debido proceso en sus vertientes de acceso a la justicia y motivación de la resolución, en razón a la aplicación de una normativa no vigente