Auto Supremo AS/0726/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0726/2017

Fecha: 21-Sep-2017

arts


La Constitución Política del Estado en su art. 15.II dispone lo siguiente: “El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”; asimismo, el art. 178.I relativo a los principios que sustentan la potestad del Órgano Judicial de impartir justicia, contempla como tales a la celeridad, la seguridad jurídica y el respeto a los derechos, principios reconocidos en los


arts. 115, 178 y 180.I de la CPE. De igual manera, la LOJ en los arts. 3 con relación al 30, establece los principios en los que se sustenta, siendo éstos los de seguridad jurídica, celeridad, respeto a los derechos, eficiencia y debido proceso