Auto Supremo AS/0726/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0726/2017

Fecha: 21-Sep-2017

Del detalle precedentemente desarrollado, es posible advertir que el excepcionista, al plantear sus memoriales y


Del detalle precedentemente desarrollado, es posible advertir que el excepcionista, al plantear sus memoriales y solitudes, recusaciones, incidentes, excepciones e incluso haber sido declarado rebelde, etc., incurrió en un comportamiento obstruccionista y dilatorio; aspectos que se enmarcan dentro de los actos perentorios y que incidieron en la duración del proceso, al haber hecho uso de recursos sin previsión alguna, que en definitiva se traducen en parámetros objetivos y verificables que impidieron la conclusión del proceso en el plazo de tres años previsto por la norma contenida en el art. 133 del CPP, debido a las dilaciones provocadas, entre otros, por los coprocesados