Auto Supremo AS/0752/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0752/2017-RRC

Fecha: 27-Sep-2017

Para fines del art


POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación formulado por la acusadora particular Juana Mamani Vda. de Hidalgo, de fs. 1690 a 1706 y FUNDADO el recurso de casación interpuesto por Hilda Agueda Gutiérrez Vda. de Jiménez y Jorge Eloy Jiménez Gutiérrez, cursante de fs. 1722 a 1730; en consecuencia, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 87/2016 de 11 de julio, de fs. 1537 a 1641 vta. y el Auto de complementación y enmienda de 6 de septiembre de 2016, de fs. 1664 y vta.; y, determina que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, sin espera de turno y previo sorteo, dicte nuevo fallo conforme a la doctrina legal establecida.

Para fines del art. 420 del CPP, remítase fotocopias legalizadas del presente Auto Supremo a todos los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, para que por intermedio de sus presidentes hagan conocer la presente Resolución a los Tribunales y Jueces en materia penal de su jurisdicción