Auto Supremo AS/0752/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0752/2017-RRC

Fecha: 27-Sep-2017

Sentencia solo emite Sentencia absolutoria en referencia al inc


1) Los recurrentes denuncian que el Auto de Vista impugnado y el Auto Complementario no dieron respuesta a los agravios denunciados en su apelación restringida, ya que habrían sido absueltos de pena y culpa por el inc. 2) del art. 363 del CPP, por la insuficiencia de prueba aportada cuando correspondía emitir la Sentencia en virtud a lo establecido en los incs. 1), 2) y 3) del citado artículo; toda vez, que existe una contradicción entre la parte considerativa con la resolutiva en la Sentencia; por cuanto, en la parte considerativa se hace ver que efectivamente no subsumieron su conducta en los delitos acusados, para sostener en la parte resolutiva sentencia absolutoria sólo en virtud del art. 363 inc. 2) del CPP, al referir en el análisis intelectivo y cualitativo de la prueba con relación al factum sobre la Estafa, que no existe prueba alguna del supuesto secuestro, la prueba testifical de cargo es contradictoria en cuanto a la hipótesis del secuestro; sobre el Abuso de Firma en Blanco, que las impresiones digitales de Juana Mamani fueron realizadas cuando los documentos estaban impresos, y que los testigos declararon por referencias, sobre la Falsedad Material e Ideológica en ambos supuestos es imputable por la existencia del dolo, mencionando en la Sentencia que no se demostró haberse utilizado maniobras fraudulentas, artificios o engaños para lograr el desplazamiento del bien inmueble; sin embargo, el Tribunal de


Sentencia solo emite Sentencia absolutoria en referencia al inc. 2), vulnerando de esa manera el debido proceso, sin subsumir en los incs. 1) y 3) del art. 363 del CPP, ingresando en un defecto procesal absoluto contenido en el art. 169 inc. 3) de la norma Adjetiva Penal, habiéndose el Tribunal de apelación apartado de la doctrina del Tribunal Supremo y en una incongruencia omisiva y deber de fundamentación