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    Auto Supremo AS/0337/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0337/2018

    Fecha: 31-Oct-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Administrativo,
    • En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 187/2017 de 6 de abril (fs
    • Que, del referido Auto de Vista, Erika Cintia Carrasco Morales en representación de la Empresa
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    • Afirma que la desvinculación del actor fue de manera voluntaria para ir a trabajar a
    • Por lo anterior se vulneró el derecho al debido proceso (art
    • Concluye el memorial solicitando casar el auto de vista, se disponga la nulidad del mismo
    • Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
    • Al respecto la Sentencia señalo claramente que “…conforme la prueba presentada se tiene que la
    • De lo anterior se evidencia que, de todas las pruebas tenidas en la tramitación del
    • En este contexto, los hechos descritos precedentemente, demuestran categóricamente la relación de dependencia y subordinación,
    • Elementos que sirven de orientación para llegar al convencimiento de que entre el actor y
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    • Para el efecto es pertinente considerar que en dicha determinación se tomó en cuenta los
    • Haciendo notar, que la identificación realizada en la sentencia sobre la labor de comisionista es
    • Del reclamo se advierte que la parte actora persigue que se efectúe una nueva valoración
    • De la revisión de la apelación presentada por Erika Cintia Carrasco Morales por la empresa
    • En consecuencia el recurrente no puede pretender asumir como una obligación que el actor tuviera
    • Al respecto este Máximo Tribunal de Justicia mediante su Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, del Tribunal Supremo
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

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