Auto Supremo AS/0337/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0337/2018

Fecha: 31-Oct-2018

Al respecto este Máximo Tribunal de Justicia mediante su Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social


Al respecto este Máximo Tribunal de Justicia mediante su Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera, estableció en el Auto Supremo 200 de 28 de junio de 2016, que: “…por el contexto del recurso que el agravio es por considerar que en la apreciación de la prueba no se ha analizado alguna prueba documental, empero se observa que no establece con precisión cual fuere la prueba omitida por los de instancia, menos aún las razones que demuestren la equivocación manifiesta del juzgador…”; ello hace evidente que la impugnación efectuada sobre este apartado no tiene asidero legal, más aun cuando el Tribunal de Apelación como el juzgador valoraron correctamente las pruebas, conforme determinan los arts. 3.j) y 158 del CPT, en virtud al cual, no están sujetos a la tarifa legal de la prueba y pueden formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la sana crítica de la prueba como ocurre en el presente