Notificado con el señalado Auto de Vista, el demandante, formuló recurso de casación en la
II. ARGUMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN:
Notificado con el señalado Auto de Vista, el demandante, formuló recurso de casación en la forma y en el fondo, de fs. 173 a 177, señalando lo siguiente:
En la forma.
1.- El Tribunal de alzada decretó, a fs. 143, el 3 de junio de 2016 “Autos para resolución”; y, violando los arts. 24, 90 y 91 en relación al art. 208 del Código de Procedimiento Civil (CPC-1975), como los arts. 208 y 209 del Código Procesal del Trabajo (CPT), se dictó el Auto de Vista recurrido, el 13 de abril de 2017, con absoluta perdida de competencia y evidente retardo de más de nueve meses, vulnerando los arts. 204-III, 205, 206, 209 y 2012 del CPC-1975, y art. 128 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) y notificándose después de un mes esta determinación cuando debía notificarse al día siguiente hábil, conforme los arts. 82, 84 y 167 del Código Procesal Civil (CPC-2013)
Notificado con el señalado Auto de Vista, el demandante, formuló recurso de casación en la forma y en el fondo, de fs. 173 a 177, señalando lo siguiente:
En la forma.
1.- El Tribunal de alzada decretó, a fs. 143, el 3 de junio de 2016 “Autos para resolución”; y, violando los arts. 24, 90 y 91 en relación al art. 208 del Código de Procedimiento Civil (CPC-1975), como los arts. 208 y 209 del Código Procesal del Trabajo (CPT), se dictó el Auto de Vista recurrido, el 13 de abril de 2017, con absoluta perdida de competencia y evidente retardo de más de nueve meses, vulnerando los arts. 204-III, 205, 206, 209 y 2012 del CPC-1975, y art. 128 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) y notificándose después de un mes esta determinación cuando debía notificarse al día siguiente hábil, conforme los arts. 82, 84 y 167 del Código Procesal Civil (CPC-2013)
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y sueldos devengados José Wenseslao Jáuregui
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, el actor en forma posterior a una solicitud de complementación
- Notificado con el señalado Auto de Vista, el demandante, formuló recurso de casación en la
- 2
- En el fondo
- Petitorio
- Solicita se le ampare su derecho que la impone la Constitución vigente, casando totalmente la
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en la forma y en el fondo,
- 1
- En recurrente, establece que en la emisión del Auto de Vista, se vulneraron artículos del
- Asimismo, debe tenerse presente que la norma adjetiva civil, se aplica sólo cuando concurren aspectos
- En cuanto a la notificación con el Auto de vista que se recurre, que a
- En cuanto al fondo
- Cierto es como afirma el recurrente, que la materia se enmarca en principios para la
- Sin embargo, para determinarse si existió o no una relación laboral, en base a los
- Si bien no existe en esta materia una paridad jurídica, bajo los principios constitucionales que
- Estableciéndose de manera clara, que no se consideran empleados para los efectos de la norma
- En cuanto a la denuncia en sentido de que el Tribunal de apelación, desconoció
- En materia laboral, quien tiene la obligación de carga probatoria es el empleador, pero ello
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- No se regula honorario profesional, por no haberse respondió el recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
