Auto Supremo AS/0974/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0974/2018

Fecha: 01-Oct-2018

Con referencia al segundo párrafo de fs

Con referencia al segundo párrafo de fs. 963 vta., del Auto de Vista, indica “… El Juez de la causa ha atentado el principio de la igualdad procesal de los demandantes, al admitir una respuesta, la proposición de la prueba y oponer excepciones fuera del plazo concedido al efecto, que es de 15 días, extremo reclamado por los apelantes como causal de nulidad…” contradictoriamente indican que se trata de una readecuación de la respuesta y excepciones fuera del plazo de 15 días, ahora indican que se trata de una respuesta, proposición de prueba y oposición de excepciones que el Juez hubiera admitido fuera del plazo de 15 días, extremos que reclamaron los actores como causal de nulidad, el recurrente no respondió en el memorial de fs. 839 sino en el anterior memorial de fs. 677 a 679 de acuerdo al CPC, derogado que se encontraba vigente, ese fundamento falso e incongruente, arbitrario, ilegal e indebido viola el debido proceso en su elemento congruencia y el principio de legalidad y veracidad