Auto Supremo AS/0974/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0974/2018

Fecha: 01-Oct-2018

El Tribunal de Alzada no consideró que luego de haberse presentado los memoriales por Maura

El Tribunal de Alzada no consideró que luego de haberse presentado los memoriales por Maura Rivera Barrigas, el 9 de enero de 2017 (fs. 839), en el que ratificó las excepciones, la contestación negativa, prueba ofrecida y observación a prueba de contrario y por Filemón Copa Patxi y Elvira Quecano Pacara de Copa el 9 de enero de 2017 (fs. 849) se desarrolló la audiencia preliminar (fs. 873) en cuyo actuado el Juez en cumplimiento del art. 366.I num.4) del Código Procesal Civil, dispuso sanear el proceso, otorgando a las partes hacer uso de la palabra para observar actuados procesales que consideren irregulares, en el que, tanto los demandantes como los demandados, no cuestionaron la presentación extemporánea del escrito de fs. 839 y del memorial de fs. 849, dando su conformidad todas las partes procesales a la presentación de los memoriales, dichos actos al no haber sido impugnados en su oportunidad, merecieron su convalidación, su derecho a observarlos a precluído conforme el art. 16 de la Ley del Órgano Judicial, consiguientemente estos actos fueron convalidados, primero por la parte actora al no objetar al momento de que estos fueron interpuestos, segundo, cuando el A quo en audiencia preliminar indico Saneamiento Procesal, sin que ninguna de las partes hizo notar el error cometido, llegando a una resolución de Sentencia para que recién en apelación considere ser agraviado