El memorial de fs
El memorial de fs. 677 a 679 que se ofreció y acompañó prueba documental no fue observada por el contrario, hasta la presentación del recurso de apelación (13 de julio de 2017) habiendo transcurrido más de dos años, acusarón que el Ad quem cambió el término ratificación por readecuación (fs. 839), pretendió excluir la prueba de fs. 673 a 676, presentada y acompañando a la contestación (fs. 677 a 679) el cual ha precluido hace más de dos años y para observar el memorial de fs. 839 precluyó hace seis meses, computado hasta la fecha de apelación, evidenciando violación al debido proceso, los principios de legalidad, imparcialidad, seguridad jurídica, probidad y veracidad
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- 1
- Acusó que el Ad quem indicó “…siendo el plazo de 15 días para readecuar la
- Alegó que el Auto de Vista de fs
- El memorial de fs
- Indicó que la Sentencia no viola el principio de igualdad de las partes, tampoco la
- Con referencia al segundo párrafo de fs
- CONSIDERANDO III
- En el caso en cuestión la nulidad que encuentra el Tribunal de apelación, no está
- En referencia a las nulidades específicas, si bien es cierto que por disposición de la
- Lo anterior conlleva a decir que en el tratamiento de las nulidades procesales, debe tenerse
- En apoyo a lo descrito tenemos lo establecido en el A
- Este Tribunal Supremo de Justicia ha asumido una postura consecuente con la filosofía constitucional reprimiendo
- CONSIDERANDO IV
- Conforme al proceso se evidencia que el Juez de la causa dispuso mediante Auto de
- El Auto de Vista de fs
- El Tribunal de Alzada no consideró que luego de haberse presentado los memoriales por Maura
- Por lo señalado corresponde a este Tribunal corregir el error cometido por el Ad quem,
- Por lo expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- De conformidad a lo previsto por el art
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
