Auto Supremo AS/0974/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0974/2018

Fecha: 01-Oct-2018

Indicó que la Sentencia no viola el principio de igualdad de las partes, tampoco la

Indicó que la Sentencia no viola el principio de igualdad de las partes, tampoco la Juez la ha privilegiado con la recepción de algún memorial y si así hubiese sido los demandantes podían objetar dentro los seis días previsto por el art. 153.II del NCPC, o apelar antes de la Sentencia, recién en apelación observaron la providencia de fs. 839 vta., constituyendo un acto consentido por los actores, por lo que la posibilidad de anular el proceso a precluido, el Auto de Vista, viola lo previsto en los arts. 1 num.2), 17) del NCPC; 3 num.3), 4), 30 num.4), 6), 12) ambos de la L.O.J. y 178, 180.I de la CPE